Padrón provisorio para elecciones

Elecciones
Señor Matriculado
Le informamos que se encuentra a disposición el Padrón provisorio para elecciones, cumpliendo con los plazos establecidos en el decreto reglamentario 837 art. 3°.
El fin de periodo de observaciones al padrón será el 28 de mayo del corriente.
Se les recuerda que para integrar el padrón de elecciones (que permite emitir el voto) deberá tener al día la cuota 3° (abril) de derecho de ejercicio profesional.
La fecha límite para regularizar dicho pago será el 28 de mayo que es la fecha límite “fin de periodo de observaciones al padrón” Decreto 837 art 3°.
Vencido dicho plazo no podrá integrar el padrón de elecciones.





